En la actualidad, es común que en distintos medios, blogs, e incluso entre plataformas se republiquen imágenes, fotografías, ilustraciones, gráficos, animaciones, entre toras expresiones gráficas a través del formato incrustar contenido (o Embed). Se trata de una práctica empleada para referir un elemento y al mismo tiempo dar reconocimiento a la fuente origen y autor cuando se da el caso.
Ciertamente esto aplica a la mayoría de las redes sociales y plataformas digitales como Google, Facebook, Twitter, TikTok e Instagram, por citar algunas. Sin embargo, esto podría en un futuro en la app de fotos y videos.
Permiso para hacer un Embed
Durante esta semana, se dio a conocer que Instagram emitió una declaración que abre la posibilidad de que los propietarios de los sitios web deban obtener el permiso de un creador o de los usuarios de la red social antes de insertar sus publicaciones.
Esto, en teoría, aplicaría para cualquier persona, redactor, periodista, creador de contenido, medio, blogger, etcétera e implica que se requiera que “terceros tengan los derechos necesarios de los titulares aplicables”.
De acuerdo con ArsTecnica, medio que reveló dicha situación, Facebook aclaró que se “requieren que terceros tengan los derechos necesarios de los titulares de derechos aplicables” y que eso también considera el “garantizar que tengan una licencia para compartir este contenido, si la ley lo requiere”.
“Instagram no proporciona a los usuarios de su API de incrustación una licencia de copyright para mostrar imágenes incrustadas en otros sitios web.
Si bien nuestros términos nos permiten otorgar una sublicencia, no otorgamos una para nuestra API de inserción”.
La información detalla que esto sucede en un contexto de una reciente derrota legal enfrentada por Newsweek, luego que un juez de la ciudad de Nueva York fallara en su contra tras una demanda interpuesta por un fotógrafo por incrustar una foto sin su autorización, argumentando que la revista no podía desestimar la queja de un fotógrafo basándose en los términos de servicio de Instagram.
El suceso abrió el debate pues, previamente, Mashable había ganado una demanda similar, pero en su caso, la juez a cargo dictaminó que la red social podía sublicenciar fotografías a sitios que incorporan sus publicaciones.
Esto puede cambiar todo
Básicamente, porque ahora los creadores de contenidos, este fotógrafos y artistas visuales profesionales, hasta influencers, podrían generar mayor conciencia sobre lo que publican en Instagram y, por tanto, abre la posibilidad de que sean más estrictos a la hora de que sus piezas sean publicadas por publishers.
Es decir, en el futuro podría se una norma que antes de insertar la publicación de Instagram de alguien en un sitio web (medio, blog, otra plataforma social), deberán solicitar los derechos o permito, especialmente con el recurso que todos han empleado alguna vez: incrustar las imágenes en lugar de hacer un screen shot o subirla directamente para, de esta forma, evitar posibles reclamaciones de derechos de autor.
No obstante, esta parece ser aún una alternativa que se puede usar para evitar líos legales. Al respecto, la intromisión señala que cuando se recurre al “server test” las imágenes o contenidos incrustados no los están copiando como tal, de una manera se que pueda infringir los derechos de autor, esto debido a que simplemente apuntan al contenido publicado en otro sito (vinculándolo).
Pero, podría ser que esto no dure mucho tiempo más. Instagram detalló al medio que están “explorando” más formas para que los usuarios controlen la inserción. Por ahora, sólo pueden poner limitaciones si publican sus obras en modo privado, sin embargo esto limita su alcance y, por ende, audiencia.
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